Santo Domingo.- El abogado Cándido Simón afirmó que la decisión de cambiar la calificación jurídica de homicidio involuntario a homicidio con dolo eventual en el caso Jet Set es inconstitucional y nula, al considerar que vulnera el principio de legalidad penal.
En un artículo de opinión titulado “Juzgando por Aclamación Popular”, Simón sostuvo que el dolo eventual no estaba contemplado en el Código Penal vigente al momento de los hechos, por lo que entiende que no puede aplicarse a los imputados en este proceso.
El jurista explicó que el caso debe regirse por la legislación vigente cuando ocurrieron los hechos, en aplicación del principio de ultractividad de la ley penal y de la norma más favorable a los procesados, conforme a la Constitución y al Código Procesal Penal.
Simón también cuestionó que la decisión respondiera, según su interpretación, a la presión de la opinión pública. Asimismo, señaló que los jueces del tribunal colegiado que conozca el expediente tras una eventual declinatoria por razones de competencia no estarían obligados a mantener ese criterio y podrían plantear su inaplicabilidad por vía difusa de control constitucional.
Las declaraciones del abogado se producen en medio del debate jurídico sobre la calificación penal de los hechos del caso Jet Set y las posibles consecuencias de esa decisión para los imputados.